- Servicios de correo electrónico (por tratarse de un servicio de comunicaciones interpersonales independiente de la numeración).
- Servicios de acceso a bases de datos y de guías electrónicas de abonado.
- Servicios de comunicaciones vocales de ordenador a ordenador y servicios de comunicaciones de voz y datos entre ordenadores (por ser servicios interpersonales independientes de la numeración).

En estas semanas se han realizado requerimientos a operadores, como por ejemplo para cancelar los servicios de videoconferencia, videotelefonía y multivideoconferencia, los servicios de mensajería vocal, mensajería electrónica y mensajería unificada y los servicios de fax bajo demanda, si son servicios interpersonales independientes de la numeración y no suponen la prestación de otro servicio de comunicaciones electrónicas basado, principalmente, en el transporte de señal. En ese caso ya no se tienen que inscribir en el Registro de Operadores, aunque sí se tengan que comunicar a efectos estadísticos y censales.