Dichas clasificaciones se refieren a los siguientes aspectos:

*GRUPO I: Instalaciones eléctricas
**SUBGRUPO I-07E: Telecomunicaciones e Instalaciones Radioeléctricas (máxima categoría de este subgrupo).
**SUBGRUPO I-09E: Instalaciones eléctricas sin cualificación específica.

Además, las citadas clasificaciones tienen vigencia indefinida según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 59 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

La obtención de esta clasificación está enmarcada en la estrategia de expansión en la que está inmersa la compañía.